Isla Mujeres. – La empresa Transportes Marítimos Magaña libró tremenda multa millonaria luego de que la Comisión Federal de Competencia (CFC) determinara responsabilidades para la empresa Ultramar y sus directivos por la denuncia de Práctica Monopólica Absoluta.
A más de un mes de haber anticipado el fallo, la CFC finalmente dio a conocer la sanción económica en donde el mayor castigo se resolvió para la empresa presidida por Germán Orozco Sarro, debiendo pagar una cifra que supera los 13 millones de pesos entre las rutas que cubren de Mujeres-Puerto Juárez y Playa del Carmen-Cozumel.
De acuerdo a los datos establecidos en el portal oficial de la CFC, se establece que sanción por 13.8 millones a Ultramar (Isla Mujeres-Puerto Juárez) y 10.3 mdp como multa para Cruceros Marítimos del Caribe, (en Cozumel).
Para el caso de la familia Magaña Carrillo, la sanción fue de apenas 120 pesos.
Hay que recordar que tanto Ultramar como Magaña decidieron aumentar sus tarifas hace dos años luego de que el ayuntamiento de Isla Mujeres diera la anuencia.
Ante la presión de la gente, el cabildo decidió interponer una denuncia por práctica monopólica en contra de ambas navieras, misma que se resolvió en días pasados.
El expediente DE-020-2009 inició el 16 de octubre del 2009 y concluyó el pasado 14 de junio determinando que sí existió práctica monopólica interponiendo multa por un total de 24 millones 446 mil 434.89 pesos.
Desglosando la sanción se establece que Ultramar (la ruta a Isla Mujeres) recibe una sanción de 13 millones 859 mil 723.94 pesos; Cruceros Marítimos del Caribe (México) 10 millones 229 mil 131.33 pesos; Raúl Magaña 59.82, Arminda Magaña una cifra igual, pero sus colegas Arturo Arturo Báez Vega (Gerente de Ultramar) fue multado con 89 mil 730, similar cantidad a Enrique Alfonso Sarro Cortina y el propio Germán Orozco Sarro, director general de la empresa Ultramar.
También se fijo sanción para José Enrique Molina Cáseres por 16 mil 378.10; Fidel Hernández Hernández, mil 536.15 y (Navieras que cubren la ruta de Cozumel).
También se fijo sanción para José Enrique Molina Cáseres por 16 mil 378.10; Fidel Hernández Hernández, mil 536.15 y (Navieras que cubren la ruta de Cozumel).
De acuerdo al artículo 35, fracción IX establece por incurrir en práctica monopólica “multas hasta por el equivalente a doscientas mil veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, a quienes participen directamente en prácticas monopólicas o concentraciones prohibidas, en representación o por cuenta y orden de personas morales.
En el artículo 9 de esa normatividad que “son prácticas monopólicas absolutas los contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea cualquiera de los siguientes:
Fracción I.- Fijar, elevar, concertar o manipular el precio de venta o compra de bienes o servicios al que son ofrecidos o demandados en los mercados, o intercambiar información con el mismo objeto o efecto; y III.- Dividir, distribuir, asignar o imponer porciones o segmentos de un mercado actual o potencial de bienes y servicios, mediante clientela, proveedores, tiempos o espacios determinados o determinables.
Detalles de la sanción consultar el detalle aquí http://bit.ly/rmruPI
Detalles de la sanción consultar el detalle aquí http://bit.ly/rmruPI
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